LA
ADMINISTRACIÓN DEL
ESTADO
La estrategia institucional de la Contraloría General de la República ha estado marcada por la búsqueda de nuevas y mejores formas de realizar un adecuado control sobre la Administración del Estado y el buen uso de sus recursos, en medio de un complejo escenario de desconfianza ante las instituciones. En palabras de la contralora general, señora Dorothy Pérez Gutiérrez (2025):
«Tenemos que cambiar, porque de lo contrario, la ciudadanía sigue con su percepción y su desconfianza».
En este contexto, la Contraloría ha llevado adelante una serie de iniciativas orientadas a modernizar sus mecanismos de control, no solo mediante nuevos productos, sino que también reestructurando a su personal. Una de las más importantes ha sido la creación de la División de Función Pública, la cual inició sus operaciones el 1 de enero de 2025, con el señor Alejandro Riquelme Montecinos como su primera jefatura.
Diversos indicadores han puesto de manifiesto una percepción negativa respecto del desempeño y la integridad de los servidores públicos. Por ejemplo, la encuesta de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos [OCDE] sobre los motores de la confianza en las instituciones públicas 2024 mostró que solo un 30 % de los chilenos confía en el gobierno central, número que sube al 36 % tratándose de los gobiernos locales (OCDE, 2024). Una alta percepción de corrupción, sumada a casos mediáticos de mal uso de fondos públicos, nepotismo o abusos en licencias médicas, en cierta medida, se encuentran mermando la legitimidad de la función pública.
Ante este escenario, la Contraloría identificó la necesidad de fortalecer sus mecanismos de control, particularmente en materias de personal, por ser este un factor crítico tanto para la eficiencia del gasto público como para la calidad del servicio que percibe la ciudadanía. Cabe destacar que el gasto en personal constituye una proporción significativa del presupuesto público, alcanzando en
2023 un 4,9 % del PIB solo en el gobierno central (Ugarte & Valenzuela, 2025). De esta manera, controlar una adecuada administración de estos recursos no solo es relevante desde un punto de vista financiero, sino que también tiene un fuerte impacto simbólico, ya que malas prácticas en la gestión de personas
—tales como contrataciones injustificadas, ausentismo remunerado, etcétera— erosionan la confianza pública tanto o más que el mal uso del dinero en otras áreas.
Bajo este contexto, surge la nueva División de Función Pública con el objetivo de elevar los estándares de control sobre el personal de la Administración activa, buscando con ello no solo detectar y ordenar corregir irregularidades de manera más oportuna, sino también prevenir su ocurrencia mediante la sistematización de información y la emisión de directrices transversales. Esta división actúa bajo la premisa de que un control más robusto en aspectos de personal contribuirá a mejorar la confianza ciudadana, al incentivar que los funcionarios públicos completen su ciclo laboral con criterios de mérito, en apego a la normativa vigente y tendiendo a la total transparencia.
Antes de 2025, la Contraloría General ejercía sus atribuciones de control en materias de personal a través de las diversas unidades de personal de la Administración del Estado pertenecientes a cada una de las sedes regionales y a la División de Gobiernos Regionales y Municipalidades, con un centro en el antiguo Departamento de Previsión Social y Personal, el que, con énfasis en el personal del gobierno central, de fuerzas armadas, de orden y seguridad, ejercía además su tutela técnica sobre las unidades de personal mencionadas en relación a sus labores regulares. Estas son:
1) Toma de razón, registro y controles de reemplazo sobre de actos administrativos, incluidos nombramientos, contratos, ceses, seguridad social y otras decisiones relativas a servidores públicos.
2) Aplicación de jurisprudencia administrativa a través de resoluciones y dictámenes en respuesta a solicitudes de pronunciamientos jurídicos, reclamos funcionarios e incluso denuncias.
3) Atención de solicitudes de condonación o facilidades de pago.
4) Atención de otro tipo de solicitudes, por ejemplo, las relacionadas con pólizas de fianza, cuentas corrientes, acceso a la información pública.
En el caso del antiguo Departamento de Previsión Social y Personal, a estas labores se sumaban el diseño y administración de sistemas tecnológicos de personal, y la gestión de reportería de datos.
Este escenario implicaba cierta dispersión de criterios y cargas de trabajo desbalanceadas entre las distintas unidades, al menos del nivel central. Las contralorías regionales metropolitanas enfrentaban volúmenes crecientes de reclamos y consultas de funcionarios de sus respectivas coberturas, mientras que el nivel central lidiaba con casos complejos de alcance nacional, sin una coordinación óptima entre ambas esferas. De hecho, en la resolución exenta que dio origen a la División de Función Pública, se reconoce que el sistema vigente debía resolver un «alto volumen de casos, cuyo número va en aumento año a año» (resolución exenta n.º 2.312/2024, considerando, párrafo tercero), lo que hacía necesario innovar para tender a una tramitación más eficiente y eficaz de estas materias.
Este panorama previo presentaba claras limitaciones para afrontar los desafíos detectados: procesos lentos, revisiones de tres e incluso cuatro niveles, sobrecarga en algunas oficinas, posibles disparidades en la interpretación de normas entre distintas regiones y poca capacidad para una visión sistémica.
Esta división se diseñó bajo los principios de robustez, suficiencia y especialidad:
a) Robustez alude a dotarla de una arquitectura institucional sólida, capaz de soportar eficientemente el alto volumen y complejidad de casos en materia de personal.
b) Suficiencia implica contar con los recursos humanos y tecnológicos adecuados para cumplir sus tareas de forma oportuna.
c) Especialidad se refiere a la segmentación de funciones en unidades especializadas, de modo que cada equipo se concentre en un ámbito acotado del vasto espectro de la función pública, desarrollando una profunda pericia en su respectiva materia.
Depende directamente de la Contralora General, reflejando la relevancia estratégica que se le asigna dentro de la institución. Según el texto de la citada resolución exenta:
se hace necesario innovar, estableciendo mecanismos que hagan más eficiente y eficaz la función de esta entidad fiscalizadora, respecto de los derechos de las personas funcionarias y aquellas que postulen a concursos públicos y procesos de selección, entre otras materias (resolución exenta n.º 2.312/2024, considerando, párrafo tercero).
Es decir, la esencia de esta división es lograr ampliar su alcance e impacto, con recursos similares.
A continuación, se detallan sus funciones (resolución exenta n.º 2.312/2024, artículo 2):
1) Efectuar el estudio de juridicidad de los actos administrativos en materias de personal y de seguridad social que se tramiten en la sede central de Contraloría y que sean de su competencia.
2) Atender las consultas, solicitudes y reclamos que formulen los ministerios, servicios y particulares, como también aquellos que presenten los servidores públicos, en materias de personal y de seguridad social que se encuentren bajo su cobertura.
3) Efectuar el estudio de las solicitudes de condonación o de otorgamiento de facilidades respecto de los requerimientos de reintegro de remuneraciones del personal de los ministerios y servicios públicos bajo su cobertura, aplicando los criterios que la contralora general determine.
4) Administrar las plataformas informáticas vinculadas a materias de personal y de seguridad social, diseñando e implementando las soluciones tecnológicas que permitan optimizar los procesos para cumplir las funciones que la normativa le encomienda a esta Contraloría General en materias de personal, en el marco de las políticas de transformación digital del Estado, y contribuyendo a la modernización del sector público.
5) Ejercer la tuición técnica y jurídica respecto de la tramitación de los actos administrativos de materias de personal que efectúen las contralorías regionales, para lo cual podrá impartir las instrucciones y orientaciones necesarias según los criterios fijados por la contralora general.
6) Analizar y consolidar la información sobre materias de su competencia que esté incorporada en los sistemas de tecnologías de la información de la Contraloría General.
7) Sustanciar o incoar los sumarios administrativos y las investigaciones sumarias que le correspondan, atendiendo y respondiendo la respectivas consultas, solicitudes, denuncias y reclamos (resolución exenta n.º 2.312/2024, artículo 9).
Como puede advertirse, esta división asume mayor cantidad de funciones y reorganiza otras, entre las cuales destacan las siguientes:
a) Cuenta con un departamento que instruye e incoa procesos disciplinarios
—lo que hasta 2024 estuvo radicado exclusivamente en la Fiscalía de la Contraloría—.
b) Readecúa la forma de realizar los controles de reemplazo en materias de personal.
c) Amplía su rango de acción en el plano de sistemas tecnológicos, pasando a diseñar y operar soluciones transversales a la Contraloría.
En cuanto a la estructura interna, la División de Función Pública se diseñó con una combinación de departamentos de línea —operativos— y unidades de apoyo
—coordinación—, con sus respectivas jefaturas. De acuerdo con la resolución, la División de Función Pública contará con una jefatura de división y una subjefatura, componiéndose de los siguientes sectores:
3.1.
Departamentos —equipos de línea—
a) Departamento de Personal de la Administración Descentralizada: encargado de los asuntos de personal de ministerios y servicios públicos civiles.
b) Departamento de Personal de la Administración Centralizada: dedicado principalmente a las materias de personal de las instituciones de defensa
—Ejército, Armada, Fuerza Aérea— y de seguridad pública —Carabineros y Policía de Investigaciones—.
c) Departamento de Remuneraciones y Seguridad Social: especializado en el análisis de pagos, beneficios, pensiones y otros aspectos remuneracionales y previsionales del sector público.
d) Departamento de Procesos Disciplinarios: abocado a la supervisión y guía de los sumarios administrativos y procesos disciplinarios en los servicios públicos y a la ejecución de los mismos, cuando correspondan a la competencia de la División de Función Pública.
3.2.
Unidades —equipos de apoyo o coordinación—
e) Unidad de Innovación y Optimización de Procesos: encargada de la gestión y mejora de los procesos de la división, simplificando sus trámites y promocionando prácticas innovadoras respecto de las operaciones de la División de Función Pública y de los sistemas informáticos relacionados con temas de personal que operan en la Contraloría. Lidera el diseño y la gestión de mejora continua de los proyectos tecnológicos de competencia de la división, tales como Siaper —en todas sus versiones—, Sistradoc, Canal de Denuncia y Ventanilla Única.
f) Unidad de Gestión y Seguimiento: efectúa el control de gestión de la división, monitoreando el cumplimiento de sus objetivos y haciendo seguimiento a los indicadores de desempeño. También es la encargada de verificar admisibilidad, organizar y categorizar las consultas, reclamos, denuncias y otros productos relacionados que ingresan a la dependencia, así como realizar su seguimiento y, eventualmente, apercibir a los interesados conforme al artículo 9 de la ley n.º 10.336.
g) Unidad de Administración de Plataformas Tecnológicas: su foco está en administrar los sistemas que son de competencia de la división, incluyendo la atención de los usuarios respectivos. Además, se encarga de la reportería en materias de personal y la operación de mecanismos de controles de reemplazo basados en datos masivos.
Según lo anterior, se aprecia una estructura más horizontal con departamentos y unidades que reportan directamente a la jefatura y subjefatura de división, encargando los elementos de coordinación y supervisión particularmente a las unidades de apoyo. Asimismo, se hace énfasis en la innovación, en la transformación digital y la generación de conocimiento a partir de datos, coherente con las tendencias actuales de las entidades fiscalizadoras superiores.
En definitiva, la División de Función Pública se levanta como una de las piezas centrales en el proyecto de modernización de la Contraloría General de la República. Sus funciones claramente definidas y su estructura multidisciplinaria le confieren las herramientas para abordar de forma especializada un ámbito que, como se ha señalado anteriormente, resultaba crítico en el esquema
anterior. De esta forma, la Contraloría apuesta por mejorar la eficacia de sus funciones jurídicas y de fiscalización y, en última instancia, asegurar que el control de personal en el Estado cumpla con los principios de legalidad, eficiencia y probidad que la ciudadanía exige.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos [OCDE]. (2024). Encuesta de la OCDE sobre los motores de la conflanza 2024: Chile. Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos. https:// www.oecd.org/es/publications/2024/06/oecd-survey-on-drivers-of- trust-in-public-institutions-2024-results-country-notes_33192204/chile_ c3d29801.html
Pérez Gutiérrez, D. A. (24 de abril de 2025). «Todos los años encontramos lo mismo»: Contralora expuso ante alcaldes observaciones detectadas por Contraloría. Contraloría General de la República. https://www.contraloria. cl/web/Contraloría/noticias/-/asset_publisher/AmxFf8h7l735/content/ contralora-amuch-2025/index.html
Ugarte, A. & Valenzuela, D. (19 de enero de 2025). Número y gasto en funcionarios públicos aumenta de manera sostenida sin exhibir mejoras en la eficacia de los servicios. Emol.com. https://www.emol.com/ noticias/Nacional/2025/01/19/1154544/funcionarios-cronica-para-el- futuro.html
Contraloría General de la República. (2024). Resolución exenta n.º 2.312, de 2024, que crea la División de Función Pública en la Contraloría General de la República. Diario Oficial de la República de Chile, 19 de diciembre de 2024. https://bcn.cl/jxxOVw
Ministerio de Hacienda. (1964). Decreto n.º 2.421, de 1964, flja el texto coordinado, sistematizado y refundido de la Ley de Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República: ley n.º 10.336. Diario Oficial de la República de Chile, 10 de julio de 1964. https://bcn.cl/2f904